LEE CON ATENCIÓN LA SIGUIENTE SECCIÓN. ESTA SECCIÓN AFECTA TUS DERECHOS LEGALES.
(1) ARBITRAJE VINCULANTE. ENTIENDES QUE, AL ACEPTAR ESTE ACUERDO, RENUNCIAS AL DERECHO DE PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE UN TRIBUNAL O UN JURADO EN CONTRA DE VERIZON. TÚ Y VERIZON ACUERDAN RESOLVER LAS DISPUTAS SOLO POR ARBITRAJE O EN UN TRIBUNAL PARA DEMANDAS DE MENOR CUANTÍA, COMO DE DISPONE A CONTINUACIÓN. El término disputa se entiende como cualquier disputa que, de alguna manera, se relaciona con o surja de este Acuerdo. Esto incluye, entre otros, toda disputa que se presente en cuanto a cualquier equipo, producto y servicio que recibas de nuestra parte, cualquier tipo de publicidad correspondiente a cualquiera de dichos productos o servicios, o las presuntas lesiones personales o invasión de la privacidad relacionadas con dichos productos o servicios, así como también las disputas que tengas con nuestros empleados o representantes. También incluye cualquier disputa en relación con la validez, la ejecución o el alcance de cualquier parte de este Acuerdo (incluyendo el Acuerdo que se someterá a arbitraje) a menos que se disponga de otro modo en este Acuerdo. Asimismo, puedes presentar a consideración de las agencias gubernamentales federales, estatales o locales cualquier asunto que puedas tener y estas agencias pueden, si la ley lo permite, buscar indemnización contra nosotros en tu nombre. Este acuerdo se rige por la Ley Federal de Arbitraje. Este acuerdo de arbitraje continúa teniendo efecto incluso después de que dejes de recibir nuestros servicios. Aunque los procesos de arbitraje podrían diferir, un árbitro te puede otorgar las mismas indemnizaciones y compensación, y debe aceptar los mismos términos de este Acuerdo, como lo haría un tribunal, sujeto a los límites de la autoridad de arbitraje que se establecen a continuación. Si la ley permite la concesión de honorarios de abogado, un árbitro también puede otorgar lo siguiente. Las mismas defensas están disponibles para ambas partes como lo estarían en un tribunal, incluyendo cualquier plazo de prescripción aplicable.
(2) PROCEDIMIENTOS DE ARBITRAJE. EXCEPTO COMO SE INDICA ESPECÍFICAMENTE A CONTINUACIÓN, CUALQUIER DISPUTA SERÁ RESUELTA POR UNO O MÁS ÁRBITROS IMPARCIALES ANTE LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE ARBITRAJE (AAA, POR SUS SIGLAS EN INGLÉS). A menos que tú y Verizon acepten lo contrario, el arbitraje se realizará en el condado de tu dirección de facturación, y se aplicarán las normas de arbitraje para consumidores de la AAA. Excepto que se disponga de algún otro modo en el presente Acuerdo, tú y Verizon acuerdan que la AAA, incluyendo un árbitro de proceso, tendrá autoridad para resolver las disputas relacionadas con las versiones a las que este Acuerdo aplica. Si la AAA no puede o no administra una disputa en virtud de este Acuerdo, a pesar de que las partes cumplan con los términos de este Acuerdo y las reglas aplicables de la AAA, tú y Verizon acordarán seleccionar otro foro de arbitraje. Si ambas partes no pueden ponerse de acuerdo en un foro de arbitraje, un tribunal en el condado de tu dirección de facturación seleccionará un foro de arbitraje para decidir la disputa en virtud de la Sección 5 de la Ley Federal de Arbitraje. Excepto que se disponga de algún otro modo en el presente Acuerdo, se designará un árbitro individual para determinar los méritos de la disputa y tendrá la autoridad exclusiva para arbitrar, incluidas, entre otras, las disputas relacionadas con la validez, la ejecución o el alcance de cualquier parte del presente Acuerdo (incluido el acuerdo que se someterá a arbitraje). Puedes obtener información sobre procedimientos, reglas y tarifas de la AAA (www.adr.org) o de nosotros. Si cumpliste con el proceso de resolución de disputas informal y obligatorio que se dispone en el Párrafo 4, Verizon reembolsará cualquier cargo por tramitación que la AAA te cobre por el arbitraje de la disputa al finalizar el arbitraje. Verizon también pagará cualquier cargo administrativo y del árbitro que cobre el tribunal de arbitraje. Al presentar una demanda de arbitraje, la parte y el abogado declaran que, al igual que en un tribunal, cumplen con los requisitos que dispone la Regla Federal de Procedimiento Civil 11(b). El árbitro está autorizado para aplicar cualquier sanción disponible bajo la Regla Federal de Procedimiento Civil 11 a las partes representadas y a su abogado. El árbitro asignado a cualquier arbitraje entre tú y Verizon resolverá las demandas en un plazo de 120 días a partir de la designación o lo antes posible, en virtud de la equidad para las partes.
Para demandas de $25,000 o menos, puedes elegir que el arbitraje se lleve a cabo basándose solo en documentos enviados al árbitro o en una audiencia en persona o por teléfono. Alternativamente, para las demandas dentro del límite jurisdiccional del tribunal de demandas de menor cuantía del estado que abarca tu dirección de facturación, tú o Verizon pueden elegir entablar una acción individual en un tribunal de demandas de menor cuantía en lugar de proceder al arbitraje. Además, si las demandas de cualquier solicitud o demanda de arbitraje podrían haberse presentado ante un tribunal de demandas de menor cuantía, entonces tú o Verizon pueden elegir que las demandas sean tramitadas en un tribunal de menor cuantía, en lugar de arbitraje, en cualquier momento, antes de que se designe al árbitro, notificando a la otra parte de dicha elección por escrito. Si esta disposición o la limitación de la presentación de demandas ante un tribunal de menor cuantía se considera inválida, esta disposición será separable y el asunto se someterá a arbitraje. En ningún caso esta disposición permitirá la presentación de una demanda sobre una base colectiva o de clase.
(3) EXENCIÓN DE DEMANDAS COLECTIVAS Y DE CLASE. ESTE ACUERDO NO ADMITE ARBITRAJES DE CLASE NI COLECTIVOS, INCLUSO CUANDO LOS PROCEDIMIENTOS O NORMAS DE LA AAA LOS ADMITAN. SI POR ALGÚN MOTIVO UNA DEMANDA SE TRATA ANTE UN TRIBUNAL EN LUGAR DE POR ARBITRAJE, INCLUIDO SI UN CLIENTE O VERIZON OPTAN POR NO PARTICIPAR DEL ARBITRAJE DE CONFORMIDAD CON EL PÁRRAFO (5) QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN, TÚ Y VERIZON ACEPTAN QUE, EN LA MEDIDA MÁXIMA EN QUE LO PERMITAN LAS LEYES APLICABLES, NO SE PRESENTARÁ UNA DEMANDA SOBRE UNA BASE COLECTIVA O DE CLASE, Y TÚ Y VERIZON RENUNCIAN INCONDICIONALMENTE A CUALQUIER DERECHO A UN JUICIO CON JURADO EN CUALQUIER ACCIÓN, PROCEDIMIENTO, DEMANDA O CONTRADEMANDA QUE SURJA O QUE ESTÉ RELACIONADA CON ESTE ACUERDO EN CUALQUIER ASPECTO. En caso de litigio, este párrafo puede ser presentado como un consentimiento por escrito ante un juez, y no ante un jurado. NINGUNA DEMANDA DE CLASE NI TEORÍA DE RESPONSABILIDAD DE MEDIDAS CAUTELARES GENERALES O PETICIONES DE COMPENSACIÓN DE UN REPRESENTANTE O ABOGADO PARTICULAR PUEDE MANTENERSE EN ARBITRAJE BAJO ESTE ACUERDO. Cualquier pregunta sobre la ejecución conforme a las leyes aplicables o interpretación de este párrafo será resuelta por un tribunal y no por el árbitro. Si el tribunal determina que este párrafo le prohíbe a un demandante individual solicitar medidas cautelares públicas y si la ley aplicable establece un derecho irrenunciable a solicitar dichas medidas cautelares públicas, tú y nosotros acordamos que cualquier demanda o solicitud de una medida cautelar pública se suspenderá y será resuelta por el tribunal tras el arbitraje de las demandas restantes y las solicitudes de medidas cautelares, y se ejecutará el resto de este acuerdo.
(4) PROCESO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS INFORMAL Y OBLIGATORIO. Si alguno de nosotros tiene la intención de solicitar un arbitraje según este Acuerdo, la parte que solicite el arbitraje debe primero notificar por escrito a la otra parte sobre la disputa al menos 60 días antes de iniciar el arbitraje. La notificación se debe proporcionar de forma individual y debe brindar información suficiente para que la otra parte pueda evaluar e intentar resolver la demanda. Esta incluye, como mínimo, información suficiente para permitir que la otra parte identifique la cuenta en cuestión y debe incluir el nombre del titular de la cuenta de Verizon Wireless, el número de teléfono móvil en cuestión, una descripción de la demanda, los hechos específicos que la sustentan, los daños que la parte afirma haber sufrido y la reparación que la parte solicita. Mediante el formulario que se encuentra disponible en verizon.com/about/nod/notice-of-dispute-wireless-form, la notificación a Verizon se debe enviar al administrador de resolución de disputas de Verizon Wireless. La notificación se enviará a la información de contacto más reciente que tengamos de ti. El presente proceso de resolución de disputas informal y obligatorio está diseñado para permitir que las partes puedan ofrecer una oferta de resolución justa y basada en los hechos si así lo deciden. Ninguna de las partes podrá proceder al arbitraje a menos que se proporcione la información exigida en este Párrafo. Puedes elegir que te represente un abogado u otra persona como parte de este proceso, pero si lo haces, debes indicar que te representará un abogado en el formulario disponible en verizon.com/about/nod/notice-of-dispute-wireless-form y confirmar que nos autorizas a examinar la información de tu cuenta con este abogado u otra persona. La validez y la ejecución de este párrafo es una cuestión que ha de someterse a la decisión de un tribunal previo a la presentación de cualquier demanda de arbitraje y, en tal sentido, la AAA no debe aceptar, aplicar, estimar ni exigir cargos en relación con cualquier demanda que no satisfaga los requisitos que se detallan en este párrafo. Las partes reconocen y aceptan que el incumplimiento por parte de la AAA de lo dispuesto en este párrafo causará perjuicios irreparables a las partes y, en caso de que suceda, las partes tendrán derecho a solicitar medidas cautelares, además de resarcimiento adicional si corresponde. Si cualquiera de las partes ha proporcionado esta información y las partes no pueden resolver la disputa en el plazo de 60 días, cualquiera de las partes puede presentar una demanda de arbitraje. TODOS LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN APLICABLES (INCLUYENDO LEYES DE PRESCRIPCIÓN) SE INTERRUMPIRÁN A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DE UNA NOTIFICACIÓN QUE SE DESCRIBE EN ESTE PÁRRAFO HASTA LA CONCLUSIÓN DEL PROCESO DESCRITO EN EL PRESENTE PÁRRAFO.
(5) PROCEDIMIENTOS ADICIONALES PARA PRESENTACIONES MASIVAS DE DEMANDAS. El presente párrafo establece los procedimientos adicionales que se aplican a las presentaciones masivas de demandas. UNA PRESENTACIÓN MASIVA DE DEMANDAS ES CUANDO 50 O MÁS CLIENTES QUE PRESENTAN DEMANDAS SIMILARES O LOS REPRESENTA EL MISMO ABOGADO O ABOGADOS COORDINADOS INICIAN NOTIFICACIONES DE DISPUTA SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL PÁRRAFO 4 PRECEDENTE, LAS CUALES SE DEBEN PRESENTAR DE MANERA INDIVIDUAL, RECLAMANTE POR RECLAMANTE, O BIEN INTENTAR INICIAR PROCESOS DE ARBITRAJE O PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL. SI SE INICIA UNA PRESENTACIÓN MASIVA DE DEMANDAS, LAS DEMANDAS SE SOMETERÁN A ARBITRAJE EN UN PROCEDIMIENTO COORDINADO. Tú y Verizon entienden y aceptan que estos procedimientos adicionales se deben aplicar según lo establecido en el presente párrafo y que la resolución de la disputa puede verse demorada si estos procedimientos adicionales se ponen en marcha. LAS PARTES ACUERDAN QUE, COMO PARTE DE ESTOS PROCEDIMIENTOS, SUS ABOGADOS SE REUNIRÁN Y CONSULTARÁN DE BUENA FE CON EL FIN DE RESOLVER LAS DISPUTAS, AGILIZAR LOS PROCEDIMIENTOS, ABORDAR EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN, MODIFICAR LA CANTIDAD DE DISPUTAS QUE SE SOMETERÁN A ARBITRAJE Y CONSERVAR LOS RECURSOS DE LAS PARTES Y DE LA AAA.
Primera etapa. En la primera etapa, se procederá con 80 arbitrajes y el abogado de los clientes de Verizon Wireless y el abogado de Verizon Wireless seleccionarán cada uno 40 casos para proceder primero al arbitraje en procedimientos de prueba individuales en arbitrajes individuales. Los arbitrajes restantes no se presentarán ni se considerarán presentados en arbitraje, ni se evaluarán ni cobrarán los honorarios del árbitro en relación con esas demandas. Después de la finalización de los arbitrajes en la primera etapa, las partes deben participar en una mediación de todos los casos restantes, y Verizon pagará el cargo de la mediación.
Si las partes no pueden acordar cómo resolver los arbitrajes restantes después de la mediación, avanzarán a la segunda etapa.
Segunda etapa. En la segunda etapa, se procederá a 100 arbitrajes y el abogado de los clientes de Verizon y el abogado de Verizon seleccionarán cada uno 50 casos para proceder al arbitraje en procedimientos de prueba individuales ante árbitros separados. Los arbitrajes restantes no se presentarán ni se considerarán presentados en arbitraje, ni se evaluarán ni cobrarán los honorarios del árbitro en relación con esas demandas. Después de la finalización de los arbitrajes en la segunda etapa, las partes deben participar en una mediación de todos los casos restantes, y Verizon pagará el cargo de la mediación.
Después de la finalización de la segunda etapa, si las partes no pueden acordar cómo resolver las demandas restantes, cualquier cliente individual que sea parte de este procedimiento coordinado, o Verizon, puede optar por no participar en el arbitraje mediante notificación al abogado oponente, y si el cliente desea proceder con la demanda, puede presentar una queja individual en el tribunal.
Para aquellos clientes que opten por continuar con el arbitraje, sus demandas se mantendrán y se someterán a arbitraje en grupos continuos de 100 demandas, tal como se dispone anteriormente para la segunda etapa. Los arbitrajes restantes no se presentarán ni se considerarán presentados en arbitraje, ni se evaluarán ni cobrarán los honorarios del árbitro en relación con esas demandas. LA PRESENTACIÓN DE UN AVISO DE DISPUTA POR PARTE DEL CLIENTE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL PÁRRAFO 4, O BIEN, LA PRESENTACIÓN DE UNA QUEJA ANTE UN TRIBUNAL INTERRUMPIRÁN TODAS LAS LEYES DE PRESCRIPCIÓN CORRESPONDIENTES A LA DISPUTA DE DICHO CLIENTE HASTA QUE SE COMPLETE EL PROCESO DESCRITO EN EL PRESENTE PÁRRAFO.
Un tribunal de jurisdicción competente estará facultado para hacer cumplir estos procedimientos adicionales para presentaciones masivas de demandas, incluso mediante una orden judicial para prohibir las presentaciones que los infrinjan. Estos procedimientos adicionales para presentaciones masivas de demandas y cada uno de sus requisitos son partes fundamentales del presente Acuerdo. Si, después de recurrir a todas las apelaciones, un árbitro o un tribunal de jurisdicción competente decide que estos procedimientos adicionales para presentaciones masivas de demandas se aplican a tu disputa, pero no son ejecutables, entonces tu disputa no será sometida a arbitraje y solo se tramitará en un tribunal de jurisdicción competente consistente de conformidad con el resto del presente Acuerdo.
(6) SIN EFECTO VINCULANTE. El laudo arbitral y cualquier fallo que lo confirme solo se aplica a ese caso en particular. No puede usarse en ningún otro caso, excepto para la ejecución del laudo mismo.
(7) OFERTA DE RESOLUCIÓN POR ESCRITO. Podríamos, pero no estamos obligados a, hacer una oferta de resolución por escrito en cualquier momento antes de que comience el arbitraje. El monto o términos de cualquier oferta de resolución no pueden revelarse al árbitro hasta después de que este emita un laudo sobre la demanda. Si no aceptas la oferta, y el árbitro dicta un laudo a tu favor por un monto superior al de nuestra oferta, pero inferior a $5,000, o si no te hacemos una oferta y el árbitro dicta un laudo a tu favor por cualquier monto, pero inferior a $5,000, entonces acordamos pagarte $5,000 en lugar del monto otorgado por el árbitro. En tal caso, también aceptamos pagar honorarios y gastos razonables de abogados, independientemente de si la ley lo exige en tu caso. Si el árbitro te otorga un monto superior a $5,000, te pagaremos solamente dicho monto.